La Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar (LAICA), para los efectos de los artículos 32, 34, 37 y concordantes de la Ley número 7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, hace del conocimiento del público en general, los detalles del proyecto: “Reto Natu- Licuadora Ninja TB400LA”.
ARTICULO PRIMERO. DE LA REGULACIÓN LEGAL Y LOS FINES. Con el presente reglamento se pretende que el participante obtenga la mayor información posible, de forma clara, suficiente, veraz y oportuna sobre las condiciones y requisitos de este proyecto. El mismo, incluye únicamente la participación en la dinámica: Reto Natuvia- Licuadora Ninja TB400LA condiciones, utilidad, finalidad y demás regulaciones de la Ley N°7472. Azúcar Doña María, es una marca registrada de La Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar en lo sucesivo LAICA. Lo anterior con el claro propósito de no inducir a engaño o error al consumidor y cumplir con la normativa aplicable vigente.
“Reto Natuvia-Licuadora Ninja TB400LA”; es una dinámica promovida por LAICA que se llevará a cabo a partir del día 12 de mayo al 19 de mayo del año 2025. Para lo cual, se publicará en las redes sociales de Natuvia (Facebook e Instagram). Publicaremos el concurso “Reto Natuvia-Licuadora Ninja TB400LA” en el que invitamos a las personas a participar por la rifa de una Licuadora Ninja TB400LA al realizar la receta indicada en www.paginaweb.com/ y dejar el resultado de cómo quedó en los comentarios.
ARTÍCULO SEGUNDO. EL PREMIO. Entre todos los participantes que hayan seguido los pasos de la dinámica indicados en el artículo anterior de manera adecuada se elegirá de forma aleatoria y se verificará que no sean caza premios o exista plagio. Serán 1 ganador que seleccionaremos de los comentarios.
ARTICULO TERCERO. DEL PATROCINADOR. El proyecto es patrocinado por La Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar, en lo sucesivo LAICA, con cédula de persona jurídica número tres – cero cero siete – cero cuatro dos cero tres seis (3-007-042036), quien se denominará, para los efectos de este reglamento, EL PATROCINADOR o LAICA.
ARTICULO TERCERO. PRODUCTOS PARTICIPANTES. Los participantes serán todas las personas físicas realicen la receta indicada en www.paginaweb.com/ y dejan el resultado de cómo quedó en los comentarios y siguiendo los pasos que se indiquen según detalle del artículo primero de este reglamento y las explicaciones brindadas en las redes sociales indicadas en este reglamento. Las personas que no cumplan con estos requisitos no se considerarán como parte de la dinámica. Solo podrán participar en el presente proyecto personas físicas, mayores de edad. Se excluyen personas físicas menores de edad, personas jurídicas y/o personas que trabajen para la institución de LAICA.
ARTICULO CUARTO. GANADORES. El ganador o ganadora será dada a conocer el día 20 de mayo de 2025 en los perfiles de Facebook e Instagram de Natuvia. Este mismo día la persona será contactada vía inbox (o medio de contacto), y se le explicará y determinará las condiciones para hacer efectivo el premio. En caso de que la persona ganadora no conteste en el lapso de 24 horas posteriores al primer contacto, se hará escogencia de otra persona ganadora, siguiendo la misma dinámica.
ARTICULO QUINTO. DISPOSICIONES FINALES.
i) EL PATROCINADOR se reserva el derecho de modificar o cambiar los términos de este reglamento de forma unilateral. De esta manera, podrá introducir todos aquellos cambios necesarios para la buena marcha de esta promoción. Las anteriores circunstancias se comunicarán por medio de este reglamento y serán publicadas en las redes sociales acá definidas.
ii) Las personas que participen en el proyecto, por el solo hecho de participar, dejan autorizado al PATROCINADOR para hacer uso de su imagen forma gratuita, con fines ilustrativos, en las publicaciones respectivas de la dinámica en los perfiles digitales de azúcar Natuvia así como en materiales impresos.